Visión global
Oportunidad única en Cartagena: local comercial con vivienda y un potencial difícil de encontrar hoy en día.
La propiedad combina un amplio local de 467,54 m², salida y entrada a dos calles, ideal para desarrollar cualquier tipo de actividad, con una vivienda independiente en planta superior, perfecta tanto para uso propio como para rentabilizarla.
Dispone de una impresionante zona de aparcamiento privado de 285 m², un auténtico lujo en la zona. Este espacio no solo facilita el día a día, sino que aporta un valor añadido enorme a cualquier negocio. Además, cuenta con elevador de vehículos, lo que permite un acceso cómodo, seguro y muy práctico.
La distribución actual del local ofrece múltiples estancias que se pueden adaptar fácilmente según las necesidades, mientras que la vivienda aporta ese equilibrio perfecto entre trabajo y comodidad.
Una propiedad versátil, con metros, con facilidad de acceso y con algo que cada vez es más difícil de encontrar: espacio de aparcamiento amplio y funcional.
Si buscas diferenciarte o invertir en algo con recorrido, aquí tienes una opción que marca la diferencia.
Por expreso deseo del propietario gestionamos este inmueble con carácter de EXCLUSIVA. Con ello garantizamos, a todas las partes, un servicio de mayor calidad y sin interferencias de terceros. Rogamos no molesten al propietario del inmueble -ni a posibles ocupantes, inquilinos, o al vecindario- , sino que se dirijan directamente a nosotros para cualquier cuestión relacionada con el mismo. Si pertenece a una agencia inmobiliaria y tiene un cliente interesado en él, póngase en contacto con nosotros, estaremos encantados de colaborar. Los precios y condiciones presentadas no son vinculantes y pueden estar sujetos a cambios.
* Gastos asociados a la compra no incluidos en el precio de venta para inmuebles en segunda transmisión:
Impuesto Transmisiones Patrimoniales: Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma según las circunstancias personales del comprador. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. Con bonificación: 3% - Sin bonificación: 7,75%
Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.
Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Registral
Honorarios de agencia: 3% +IVA sobre precio de compraventa, con un mínimo de 3.000 ? + IVA (No incluidos en el precio de venta).
* Para primera transmisión de inmuebles (obra nueva), será de aplicación, en vez del ITP, el IVA al tipo legal aplicable y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.